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¿Qué pasa?

Así afecta el Nuevo Código de Policía a establecimientos comerciales

En el Nuevo Código de Policía, que regirá a partir del 30 de enero de 2017, se sancionará a los establecimientos comerciales que propicien la ocupación indebida del espacio público

En el Nuevo Código de Policía, que regirá a partir del 30 de enero de 2017, se sancionará a los establecimientos comerciales que propicien la ocupación indebida del espacio público

La vigencia del Nuevo Código de Policía, que entrará en vigencia el 30 de enero próximo, presenta varias novedades relacionadas con el funcionamiento de los establecimientos comerciales.

Esto incluye, según el artículo 83 del mencionado Código, a los lugares de actividad “comercial, industrial, social, de servicios, de recreación o de entretenimiento; de carácter público o privado, entidades con o sin ánimo de lucro o similares, o que siendo privados, sus actividades trasciendan a lo público”.

Uno de los alcances del nuevo documento es que le brinda mayor autonomía a las autoridades de Policía para corroborar que dichos establecimientos cumplan con la normatividad, y para imponer las sanciones correspondientes.

Así lo explica el intendente Jairo Corzo, actual encargado de la capacitación de la Policía Metropolitana de Bucaramanga.

“Vamos a verificar que los establecimientos cumplan con todos los documentos, que tengan el certificado sanitario, la viabilidad de uso de suelo, que tengan el pago de derechos de autor, entre otros tantos. Ya esa facultad la tiene directamente la Policía Nacional sin necesidad de autorización de la Alcaldía.

(…) Otro cambio importante es que el código anterior decía que esos descargos solo podían darse en presencia del administrador o el propietario. Muchas personas se iban y dejaban al vigilante, al encargado de la seguridad… Hoy en día se aplica al que esté respondiendo por el establecimiento en el momento, ya no necesariamente debe ser el administrador o el propietario, a la persona que esté respondiendo se le va a imponer la medida”, enfatizó el uniformado.

GENTE DE CABECERA

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Algunas novedades importantes

El intendente Jairo Corzo explicó los cambios más relevantes que implica el nuevo Código para la actividad policial relativa a los establecimientos comerciales.
1. La Policía ya tiene autoridad para ingresar a los establecimientos definidos como clubes, para ejercer función preventiva y policial.
2. Además del registro mercantil, el propietario debe tener al día todos los documentos referentes a la norma de uso del suelo, establecido en el POT. La Policía puede entrar a verificar dicha documentación. Además, deberá ser notificada previamente por el propietario, de la apertura del establecimiento.
3. Las medidas para suspensión temporal de la actividad aumentaron de un máximo de 7 días a 10 días, y de 1 a 3 como mínimo.

GENTE DE CABECERA

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Comportamientos que conllevan a la suspensión temporal del establecimiento

-Generar ruidos o sonidos que afecten la tranquilidad de las personas.

-No permitir el ingreso de las autoridades de Policía.

-No informar los protocolos de seguridad y evacuación en caso de emergencias a las personas que se encuentren en el lugar.

-Desarrollar actividades diferentes a las registradas en el objeto social de la matrícula o registro mercantil. Además tiene multa de $735.417.

-Propiciar la ocupación indebida del espacio público. También se sanciona con $183.854.

-Quebrantar los horarios establecidos por el Alcalde; o permitir el ingreso de personas o elementos en un número superior a la capacidad del lugar conlleva sanción de $735.417.

-Permitir o facilitar el consumo de drogas o sustancias prohibidas. También se sanciona con $735.417 y destrucción del material incautado.

-Incumplir normas referentes al uso reglamentado del suelo y las disposiciones de ubicación o finalidad para la que fue construida la edificación conlleva una multa de $735.417.

-No destruir en la fuente los envases de bebidas embriagantes. Esto tendrá además una sanción de $91.927.

-Desarrollar la actividad económica sin cumplir cualquiera de los requisitos establecidos en la normatividad vigente. Además, el sancionado deberá pagar $735.417 de multa.

-Permitir el consumo de tabaco en lugares no autorizados por la ley y la normatividad vigente. Este comportamiento también se verá sancionado con una multa de $91.927.

-Comercializar en el establecimiento artículos de mala calidad, caducados o adulterados que puedan constituir peligro para la salud pública, se sancionará con $735.417 y la suspensión temporal de la actividad comercial.

 

Se sancionan con programa pedagógico: No comunicar previamente de la apertura del establecimiento, al comandante de estación o subestación de Policía de la jurisdicción.
GENTE DE CABECERA

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Habrá suspensión definitiva cuando en el término de dos (2) años y en diferentes hechos, se incurra en dos o más comportamientos contrarios a la convivencia que motivan la suspensión temporal de actividad o la multa o se repita dicho comportamiento contrario en alguna de ellas.
Otras sanciones

-No separar en la fuente los residuos sólidos, ni depositarlos selectivamente en un lugar destinado para tal efecto tendrá una sanción de $367.708. -También existe en el Código, un apartado referente a la seguridad de las personas y sus bienes relacionados con equipos móviles, incluyendo sanciones por distribuir, almacenar, transportar y ofrecer al público equipos móviles con reporte de hurto o extravío. Entre las sanciones que esto conlleva está la suspensión definitiva de la actividad y destrucción de los bienes incautados por las autoridades, además de multas de $735.417.