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¿Qué tan accesible es Cabecera para las personas con discapacidad?

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Edward Grimaldos Gómez

La Ley 1618 de 2013 exige implementar las medidas apropiadas para asegurar la accesibilidad universal de todas las personas con discapacidad al entorno físico, al transporte, a la información y a las comunicaciones, así como al espacio, los bienes y los servicios públicos, y los lugares abiertos al público.

Sin embargo, el sector de Cabecera del Llano, y Bucaramanga en general, carece de una estructura apropiada que les garantice a las personas con discapacidad la correcta movilización por sectores de espacio público.

Uno de los casos que se evidencian con mayor frecuencia en las vías de este sector de la ciudad es el de las personas en silla de ruedas, quienes junto a sus acompañantes deben sortear cualquier tipo de obstáculos con el fin de llegar a sus lugares de destino.

“Es penoso ver a las personas que acompañan pacientes en sillas de ruedas hacer esfuerzos enormes para hacer rodar la silla, subir o bajar un andén y cruzar una calle. Todo esto se debe a la falta de obras que hagan más fácil la movilidad de personas en situación de discapacidad”, expresó Cecilia Ramírez, residente del barrio Cabecera.

Para la comunidad, esta situación obedece a varios factores que estarían principalmente relacionados con el tema de la infraestructura de la ciudad.

“Muy pocos andenes cumplen con las características apropiadas que garanticen a una persona en silla de ruedas el desplazamiento adecuado. A eso se le suma el evidente deterioro de estas estructuras pensadas para los peatones”, explicó Trinidad Flórez, presidenta de la Junta de Acción Comunal, JAC, del barrio Cabecera.

A pesar que existen puntos que intentan resolver la dificultad a la que se enfrentan las personas discapacitadas, expertos señalan que no son suficientes y en otras ocasiones que no cumplen con los requerimientos técnicos, por lo que pueden representar un peligro para estas personas.

«Logotipo de Accesibilidad»

Hace dos años el departamento de información Pública de la ONU creó un ‘logotipo de Accesibilidad” para su uso en productos de información pública y electrónicos.
Con este logotipo se busca representar la armonía de los seres humanos en la sociedad.

 

Ante la situación Henry Murillo, coordinador del programa de Discapacidad de Bucaramanga, explicó que el tema está relacionado directamente con el diseño del espacio público.

“El diseño del espacio público no fue hecho teniendo en cuenta la guía universal de accesibilidad para personas con discapacidad. No existen las garantías para la movilización de personas con movilidad reducida o para invidentes”, reconoció Murillo.

Por eso, el funcionario explicó que una de las propuestas que buscan mejorar el tema en la ciudad es el Plan Maestro del Espacio Público, denominado “La piel de la Democracia”, con el que se busca modificar gradualmente los espacios públicos ya construidos y aplicar las normas de accesibilidad a las nuevas obras.

“En este plan están dispuestas todas las normas que se deben perpetuar en la ciudad para garantizar la movilidad a todas las personas, sin importar qué discapacidad registre. Es un proyecto que aún está en evaluación y donde participan expertos y discapacitados”, explicó Murillo.

Henry Murillo también agregó que aunque aún no se conoce con exactitud cuándo se iniciaría la aplicación del mencionado Plan de Espacio Público, se está trabajando en su formulación con el fin de garantizar los derechos de todas las personas.

Por otra parte, el funcionario describe que otras de las causantes del problema del diseño de los espacios comunes es la intervención incontrolada que hacen los constructores que intervienen las fachadas o frentes de las viviendas.

“La Curaduría permite a los constructores intervenir los andenes frente a sus edificaciones y es por esto que muchas veces en una misma calle se observan desniveles y otras irregularidades propias de cada ingeniero o arquitecto. Por eso se debe plantear una norma en la que se establezcan los parámetros de intervención de estos espacios comunes”, puntualizó Murillo.

Metrolínea: Un caso de inclusión

El Sistema Integrado de Transporte Público, Metrolínea, ha hecho uno de los mayores intentos por brindarle a las personas en condición de discapacidad una alternativa de movilidad incluyente.

Es por eso que voceros de esta empresa recordaron a las personas en situación de discapacidad que para desplazarse a sus destinos pueden programar su viaje anticipadamente, teniendo en cuenta las flotas acondicionadas para esta población.

De acuerdo con la información suministrada, los usuarios deben comunicarse al 6439090 y preguntar por las rutas habilitadas. El horario de atención de esta línea es de 7:30 de la mañana a 5:00 de la tarde.

Aquí, una persona estará dispuesta a ofrecerle la asesoría necesaria sobre los vehículos que transitan a la hora y por la zona que requiera el usuario. Para el caso de Cabecera del Llano las rutas P8, P13 y AB1.

Igualmente, mencionaron que se pueden consultar a diario las redes sociales Instagram, Facebook, Twitter, para conocer el número de referencia de los vehículos acondicionados con ascensor o rampas, los cuales facilitarán el acceso de las personas con discapacidad al sistema de transporte masivo.

Accesibilidad incluyente en la propiedad horizontal

Aunque los residentes de varios de los edificios de Cabecera del Llano reconocen que en su mayoría este tipo de edificaciones cuentan con las normas básicas que garantizan la movilidad e inclusión para personas con discapacidad, el abogado Ramiro Serrano, experto en temas de propiedad horizontal, explica cuáles son los derechos que un copropietario puede exigir dentro de la copropiedad.

En primer lugar el experto explica que el hecho de garantizar las condiciones de acceso e inclusión a personas discapacitadas, además de ser una obligación legal, es una distribución justa para con aquellas personas que por su condición requieren del mismo servicio al igual que todos los copropietarios.

Asimismo, menciona que de acuerdo con las leyes actuales se debe contar con construcciones en las que no exista ningún tipo de barreras. Esto con el fin de facilitarle el ingreso no solo a las personas con discapacidad, sino también para los adultos mayores.

“Ese tipo de obras se ven representadas por medio de rampas, transporte vertical (ascensores) y/o vías especiales de acceso”, explicó el abogado.

Ramiro Serrano reconoció que los nuevos edificios en general cumplen con las normas en temas de inclusión. No obstante, explicó que la gran mayoría de edificios con un grado mayor de antigüedad no cumplen con las dichas normas.

“En los casos de las copropiedades que no poseen vías de accesibilidad para discapacitados, los copropietarios afectados pueden interponer acciones de tutela y acciones populares, para defender sus derechos”, puntualizó el abogado.

Por otro lado, el experto en copropiedad referenció las sentencias de la Corte Constitucional, T-062/18 y T-217/18, con las cuales se fortalecen los derechos las personas en situación de discapacidad dentro de la propiedad horizontal.

“La Corte exigió que las copropiedades deben asignar el 2% de los parqueaderos existentes como comunes en la propiedad para el servicio de las personas con discapacidad y que éstos nunca pueden ser inferiores a uno”, precisó.

2%

de la zona de parqueaderos dentro de la propiedad horizontal debe estar destinada para personas en situación de discacidad, de acuerdo con un reciente fallo de la Corte Constitucional.