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Periodista del Barrio

Conductor de Metrolínea prohíbe ingreso de mascotas

El ingreso de mascotas al Sistema está permitido desde 2011. – Archivo/GENTE DE CABECERA

Periodista del Barrio

Soy residente del barrio Terrazas. Diariamente tengo que usar el servicio de Metrolínea. Hace unos días, hacia el mediodía, tomamos el alimentador 2038 de la ruta AB1.

En Terrazas se iba a subir una joven con un perrito, y el conductor no le permitió la entrada diciendo que eran políticas de la empresa y que no estaba permitido transportar animales.

Ya hay una ley que dice que a uno no lo pueden estigmatizar por llevar animales ni prohibir un servicio por el que uno está cancelando.

Luego, a las 12:20 en la calle 36 con carrera 22, en la parada sentido oriente-occidente, también se iba a subir una muchacha que llevaba un perro labrador; y el mismo conductor, cuando la muchacha se iba a subir, cerró la puerta golpeándola, y le dijo que no la llevaba porque estaba prohibido subirse con animales, que lo tenía que llevar en un guacal para poderlo pasar.

¿Cómo va a hacer una persona menuda, para llevar a un perro que puede llegar a los 20 kilos, en un guacal?

Los demás buses y alimentadores le permiten al usuario llevar a las mascotas con su collar, su traílla y bozal si es necesario.

Yo le dije al conductor que la ley 1776 protege a los animales y permitía que nos transportaran. Además, otro pasajero le pidió al conductor que nos mostrara el letrero que especifica que Metrolínea no permitía el transporte de mascotas, pues la empresa tiene el deber de informar a los pasajeros.

Días después, el mismo conductor pero en la buseta 2033, hizo lo mismo en Pan de Azúcar.

Nota de la Redacción

Desde septiembre de 2011 un fallo de la Corte Constitucional obliga a los sistemas Integrados de Transporte Masivo del país, a permitir el ingreso de animales.

En el Manual del usuario, Metrolínea especifica que “los perros de raza grande y mediana deben ingresar con collar y siempre estar sujetos por sus dueños. Durante el recorrido deben permanecer en el piso”.

La obligatoriedad del guacal o contenedor solamente se exige para “los animales domésticos de talla pequeña”.

Además, el bozal solo se exige para “los perros de razas potencialmente peligrosas”.

El mencionado Manual también especifica que “los animales lazarillos pueden ingresar al Sistema sin bozal y deben estar debidamente identificados”.

El manual puede consultarse en la página www.metrolinea.gov.co. Allí también puede interponer una queja o reclamo por situaciones como la descrita por nuestro Periodista del barrio.