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Contribuyentes deudores podrán acceder a descuentos de hasta el 80%

El Acuerdo 015 de 2020 autoriza al Municipio para adoptar las disposiciones contenidas en la Ley 2010 de 2019,con respecto a beneficios temporales que se pueden conceder en aspectos tributarios y no tributarios. – Archivo / GENTE DE CABECERA

Si usted tiene una deuda con el Municipio por concepto de impuestos municipales y/o sanciones de vigencias pasadas y le gustaría saldar estas obligaciones antes de que los intereses sigan creciendo, esta información puede interesarle.

Gracias al Acuerdo 015 de 2020 presentado por la Alcaldía y aprobado recientemente por el Concejo de Bucaramanga, los contribuyentes morosos de las vigencias 2019 y años anteriores podrán acceder a descuentos de hasta el 80% en el valor de los intereses, con la condición de ponerse al día con sus impuestos, antes del 30 de junio del presente año.

La secretaria de Hacienda, Saharay Rojas, explicó que con este proyecto “se busca la normalización de las obligaciones tributarias por cartera morosa”.

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Así las cosas, el interesado tendrá descuentos hasta del 80%, dependiendo de cuál sea la situación en intereses actualizados por la deuda.

“Con la aprobación del Acuerdo 015 de 2020, el Municipio de Bucaramanga tiene la facultad de terminar por mutuo acuerdo procesos administrativos tributarios.

“Por eso, se hace un llamado a los contribuyentes, agentes de retención y responsables de los impuestos municipales –a quienes se les haya notificado un requerimiento especial, liquidación oficial y/o resolución de recursos de reconsideración, antes de la entrada en vigencia de la Ley 2010 de 2019–, para que soliciten la terminación por mutuo acuerdo de sus procesos”, explicó la Secretaría de Hacienda.

Para obtener mayor información o radicar la solicitud de la reliquidación de sus deudas, podrán acercarse a las instalaciones de la Secretaría de Hacienda de Bucaramanga, ubicada en el segundo piso (fase II) de la Alcaldía, hasta antes del próximo 30 de junio.

Condiciones para acceder a los beneficios

Los contribuyentes que pueden acceder a los beneficios son:

•Contribuyentes que estén en sede contenciosa en primera o única instancia con el 80% de descuento en intereses y sanciones.

•Contribuyentes que estén en segunda instancia contenciosa con un 70% de descuento en intereses y sanciones.

•Los contribuyentes que se encuentren en procesos de fiscalización tributaria, ya sean requerimientos especiales, liquidación oficial o recurso de reconsideración, reducción del 80% de sanciones e intereses actualizados.

•Contribuyentes que tengan resolución sanción por no declarar 70% de descuento en sanciones e intereses.

•Los contribuyentes en Mora del impuesto predial vigencias 2019 y anteriores, reducción del interés bancario corriente más 2 puntos.

•Para los contribuyentes que tengan multas y comparendos o cualquier obligación no tributaria y paguen antes del 30 de junio de 2020, tendrán un descuento del 70% en intereses y los que paguen antes del 31 de octubre de 2020 podrán acceder a un descuento del 50% de reducción de intereses.